Ayudas en tiempos de COVID-19. ¿Cuáles puedo pedir?

Ayudas en tiempos de COVID-19

El 2020 se estudiará con detalle en los libros de historia. Cuando brindábamos en nochevieja, veíamos la nueva cifra con ojos esperanzados y confiamos en que todo iría mejor. Pero no tardamos en darnos cuenta de que el 2020 tendría que ser un año de lucha constante. Así que, con el objetivo de echarte una mano, te explicamos las diferentes medidas económicas que te ayudarán a hacer frente a la COVID-19.

Familia

  1. En el caso de que formes parte de una familia vulnerable y no puedas hacer frente a las mensualidades, los grandes propietarios de viviendas tendrán que ofrecerte un alquiler social, no podrán desahuciarte mientras dure el estado de alarma. Esta es una medida impulsada por la Generalitat y que ha sido aprobada recientemente, en noviembre.
  1. Si tu hogar cuenta con los recursos mínimos, o son inexistentes, el Gobierno te concederá el Ingreso Mínimo Vital. La ayuda oscila entre 462 y 1.100 euros al mes, dependiendo del número de componentes de tu familia.
  1. Si vives de alquiler, tienes la posibilidad de acogerte a la prórroga extraordinaria de seis meses del contrato hasta el 31 de enero de 2021. Las condiciones de este tendrán que ser iguales que las actuales, mientras que el propietario no reclame la vivienda para sí mismo. Además, hasta idéntica fecha, podrás solicitar la ayuda para el pago del alquiler, con un máximo de 900 euros al mes.
  1. En el caso de que algún miembro de tu familia esté en paro, en ERTE o sea un autónomo que haya cesado la actividad o que haya sufrido notables pérdidas de sus ingresos, estaréis avalados para solicitar un descuento del 25% en la factura de la luz.

Trabajo

  1. Durante la segunda ola muchos locales comerciales han tenido que cerrar, si te encuentras en esta situación, podrás pedir una reducción del 50% del precio del alquiler del local. En el caso de que las restricciones sean parciales, el porcentaje será menor.
  1. Las ayudas a los ERTE están vigentes hasta finales de enero del año que viene. Si dispones de trabajadores en tu plantilla, no puedes mantenerlos, pero tampoco quieres despedirlos, podrás solicitar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Tus trabajadores contarán con ingresos (70% del salario base) y tú reducirás las cotizaciones por ellos.
  1. Si eres una persona parada y has agotado la prestación durante la pandemia, podrás acogerte a una ayuda económica de 430 euros mensuales, con una duración de tres meses.
  1. En el caso de ser autónomo, si has suspendido por obligación tu actividad por las medidas que se han tomado contra la COVID-19, tendrás derecho a una prestación económica. Si tu negocio continúa abierto, pero has reducido más del 75% los ingresos, también podrás ser solicitante.

La evolución de la COVID-19 es incierta, como también su gestión. Por tanto, desde aquí estaremos atentas a las nuevas medidas que se implementen desde los diferentes órganos. Mientras tanto, si quieres ampliar la información, visita esta página.

Si tienes cualquier duda sobre las ayudas, ¡hablemos! ¡Nos vemos en el próximo artículo!

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