Modelo 347: ¿sabes si tienes que presentarlo?

Modelo 347

El modelo 347 es una declaración informativa anual de operaciones entre clientes y proveedores que hay que presentar durante el mes de febrero en la Agencia Tributaria. Pero, ¿sabes si tienes que presentarlo? Para salir de dudas, ¡continúa leyendo!

Las condiciones del modelo 347

En este modelo hay que declarar las operaciones entre clientes y proveedores que superen los 3.005,06 euros anuales. Es necesario que ambas partes lo presenten. En general, estas son las operaciones a informar:

  • Subvenciones y ayudas
  • Entrega y adquisición de bienes y servicios
  • Operaciones de entidades aseguradoras
  • Anticipos de los clientes
  • Alquileres no sujetos a retención

¿Quién debe presentar el modelo 347?

Tanto los autónomos como las empresas que superen los 3.005,06 euros de operaciones anuales con terceros han de declarar este documento informativo.

¿Quién no tiene que presentarlo?

  • Los profesionales que no alcancen estos 3.005,06 euros anuales.
  • Quien no tenga el domicilio fiscal en España.
  • Quien tribute por módulos, por régimen simplificado de agricultura, ganadería y pesca o por recargo de equivalencia.

¿Cuándo hay que manifestar el modelo 347?

Durante este mes de febrero, el día 28 es el último día para hacerlo.

¿Cómo es necesario realizar la declaración?

A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Así pues, ahora ya puedes conocer si tienes que presentar el modelo 347 o quedas exento. Si dudas, pregúntanos lo que necesites. ¡Nos vemos donde siempre!

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